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Fotomultas en Pasto: cuando la legalidad se volvió negocio.

Los pastusos hemos vivido bajo la sombra de un sistema de tránsito que,en lugar de garantizar movilidad segura y justa, es una presión.

Por Alina Constanza SilvaRedacción EXTRA
⏱ 9 min de lectura
Fotomultas en Pasto: cuando la legalidad se volvió negocio.
Imagen de portada · Grupo Editorial Central

Durante años, los pastusos hemos vivido bajo la sombra de un sistema de tránsito que, en lugar de garantizar movilidad segura y justa, se convirtió en un instrumento de presión y recaudo desmedido. 

Cámaras de fotodetección colocadas estratégicamente no para prevenir, sino para capturar errores mínimos o, peor aún, ausencias administrativas como el vencimiento del SOAT o la tecnomecánica, se transformaron en una red de cacería automática sin criterio ni humanidad.

Hoy, gracias a un fallo del Consejo de Estado del 17 de julio de 2025, esa estructura empieza a resquebrajarse. El alto tribunal declaró la nulidad de tres circulares del Ministerio de Transporte que habilitaban a las autoridades para imponer comparendos por información registrada en el RUNT, sin verificar si el vehículo estaba circulando realmente. Un golpe directo al corazón de un sistema sancionador sin alma, sin legalidad y sin límites.

Uno de los casos más representativos de esta situación fue compartido por un ciudadano de Pasto, indignado por lo que considera una trampa institucional:

“Cómo le parece que en el estadio han puesto dos cámaras y la velocidad de tránsito en ese sector es 30 km/h. Yo he pasado a 40 km/h y me multaron con 640 mil pesos. Me tocó ir a hacer un curso de 2 horas para que me bajaran el 50% de la multa que ya pagué. Lo arbitrario fue que nadie tenía conocimiento de esas cámaras. Una trampa oculta para que todo el que pasa por allí tenga que pagar. Se convirtió en un peaje costoso y arbitrario.”

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Este relato no es aislado. Es el reflejo de una ciudad donde los dispositivos de control vial han dejado de ser herramientas de seguridad para convertirse en máquinas de recaudo silenciosas y despiadadas.

En teoría, las cámaras de fotodetección nacieron como herramientas para mejorar la seguridad vial. Pero en Pasto, como en muchas ciudades intermedias del país, se convirtieron en una trampa legal perfectamente diseñada: un carro mal parqueado, un error en una señal mal ubicada o, el caso más absurdo, un carro sin SOAT pero estacionado en un garaje, se convertían en comparendos automáticos. Sin derecho a defensa real, sin verificación humana. Solo con base en lo que dijera el RUNT.

La reciente sentencia del Consejo de Estado fue clara: las circulares del Ministerio no podían crear infracciones ni habilitar sanciones. Solo el Congreso tiene esa facultad. Además, se estableció que una multa solo es válida si hay prueba de circulación sin SOAT o tecnomecánica, y no simplemente por ausencia de información en una base de datos como el RUNT.

Las autoridades de tránsito, incluido el municipio de Pasto, deben acatar este fallo. No solo deben cesar las sanciones ilegales, sino revisar procesos pasados, devolver dineros cobrados injustamente y replantear el uso de las cámaras como mecanismo de control.

Este no es el final de la historia, pero sí un punto de inflexión. Porque cuando la legalidad se usa para oprimir, y el Estado se convierte en un cobrador automático sin rostro, la ciudadanía tiene derecho y deber de alzar la voz.

 

 

Esto no solo reafirma el principio de legalidad y el debido proceso, sino que protege a los ciudadanos del abuso tecnológico institucionalizado.

Las autoridades de tránsito, incluido el municipio de Pasto, deben acatar este fallo. No solo deben cesar las sanciones ilegales, sino revisar procesos pasados, devolver dineros cobrados injustamente y replantear el uso de las cámaras como mecanismo de control

Y todo esto, respaldado por circulares administrativas sin fuerza de ley. Actos del Ministerio de Transporte que, aunque revestidos de carácter técnico, invadieron competencias del Congreso al crear sanciones sin sustento legislativo. En la práctica, un abuso de poder amparado en la tecnología y en la desinformación ciudadana.

Las denuncias de ciudadanos en Pasto no son nuevas. Conductores sorprendidos con multas por vehículos que ni siquiera estaban en circulación, motociclistas sancionados sin ser notificados, procesos contravencionales iniciados con base en datos erróneos del RUNT, y una institucionalidad que respondía con evasivas y silencio administrativo. Más que una estrategia de movilidad, lo que hubo fue una estrategia de recaudo, una maquinaria de fotomultas que facturaba sin piedad.

Pregúntese usted: ¿cuántos ciudadanos pagaron sin saber que tenían derecho a defenderse? ¿Cuántos perdieron el trabajo por tener su vehículo inmovilizado injustamente? ¿Cuántos pequeños transportadores vieron afectada su economía familiar por no poder pelearle al Estado?

La sentencia del Consejo de Estado pone las cosas en su sitio. Reafirma que ningún ciudadano puede ser sancionado sin verificación, sin debido proceso y sin ley. El solo hecho de que el RUNT diga que un documento está vencido no puede ser prueba suficiente para imponer una sanción. La infracción existe solo si hay circulación real, no por estar registrado en una base de datos.

Esta decisión sienta un precedente que desnuda la fragilidad jurídica de muchas de las actuaciones del tránsito municipal y, al mismo tiempo, devuelve algo fundamental: el equilibrio entre el poder estatal y los derechos ciudadanos.

El fallo obliga a repensar todo el modelo de fiscalización de tránsito. Las autoridades locales, incluida la Secretaría de Tránsito de Pasto, deberán ajustar sus procedimientos, desactivar prácticas abusivas y rendir cuentas por los excesos cometidos. Porque si bien la tecnología puede ser aliada de la seguridad vial, no puede ser excusa para imponer un régimen de terror legal.

A los ciudadanos nos corresponde ahora revisar nuestros comparendos, exigir la devolución de dineros cobrados sin sustento legal y, sobre todo, no bajar la guardia. Porque cuando el Estado olvida que su función es proteger, no castigar indiscriminadamente, solo la resistencia legal y cívica puede marcar la diferencia.

Título: Fotomultas en Pasto: cuando la legalidad se volvió negocio

Durante años, los pastusos hemos vivido bajo la sombra de un sistema de tránsito que, en lugar de garantizar movilidad segura y justa, se convirtió en un instrumento de presión y recaudo desmedido. Cámaras de fotodetección colocadas estratégicamente no para prevenir, sino para capturar errores mínimos o, peor aún, ausencias administrativas como el vencimiento del SOAT o la tecnomecánica, se transformaron en una red de cacería automática sin criterio ni humanidad.

Hoy, gracias a un fallo del Consejo de Estado del 17 de julio de 2025, esa estructura empieza a resquebrajarse. El alto tribunal declaró la nulidad de tres circulares del Ministerio de Transporte que habilitaban a las autoridades para imponer comparendos por información registrada en el RUNT, sin verificar si el vehículo estaba circulando realmente. Un golpe directo al corazón de un sistema sancionador sin alma, sin legalidad y sin límites.

Uno de los casos más representativos de esta situación fue compartido por un ciudadano de Pasto, indignado por lo que considera una trampa institucional:

“Cómo le parece que en el estadio han puesto dos cámaras y la velocidad de tránsito en ese sector es 30 km/h. Yo he pasado a 40 km/h y me multaron con 640 mil pesos. Me tocó ir a hacer un curso de 2 horas para que me bajaran el 50% de la multa que ya pagué. Lo arbitrario fue que nadie tenía conocimiento de esas cámaras. Una trampa oculta para que todo el que pasa por allí tenga que pagar. Se convirtió en un peaje costoso y arbitrario.”

Este relato no es aislado. Es el reflejo de una ciudad donde los dispositivos de control vial han dejado de ser herramientas de seguridad para convertirse en máquinas de recaudo silenciosas y despiadadas.

Hasta antes del fallo, miles de conductores eran sancionados automáticamente si el sistema RUNT mostraba vencidos el SOAT o la revisión técnico-mecánica, sin que los vehículos estuvieran realmente circulando. Y lo peor: muchas veces los ciudadanos ni siquiera eran notificados a tiempo, y terminaban con comparendos acumulados y procesos de inmovilización sin derecho real a la defensa.

En Pasto, esta práctica se volvió sistemática. Mientras los ciudadanos reclamaban por notificaciones que nunca llegaron o cámaras camufladas, la administración seguía impulsando un modelo más preocupado por aumentar ingresos que por reducir siniestralidad vial.

La reciente sentencia del Consejo de Estado fue clara: las circulares del Ministerio no podían crear infracciones ni habilitar sanciones. Solo el Congreso tiene esa facultad. Además, se estableció que una multa solo es válida si hay prueba de circulación sin SOAT o tecnomecánica, y no simplemente por ausencia de información en una base de datos como el RUNT.

Esto no solo reafirma el principio de legalidad y el debido proceso, sino que protege a los ciudadanos del abuso tecnológico institucionalizado.

Las autoridades de tránsito, incluido el municipio de Pasto, deben acatar este fallo. No solo deben cesar las sanciones ilegales, sino revisar procesos pasados, devolver dineros cobrados injustamente y replantear el uso de las cámaras como mecanismo de control.

Este no es el final de la historia, pero sí un punto de inflexión. Porque cuando la legalidad se usa para oprimir, y el Estado se convierte en un cobrador automático sin rostro, la ciudadanía tiene derecho y deber de alzar la voz.

Pasto merece un tránsito justo, no un sistema de sanción automática y arbitraria.
Y ahora, gracias a la justicia, tenemos una base firme para exigirlo.

 

 

Fuente: Columna de opinión Alina Constanza Silva R.

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